Funcionamiento de la Oficina del Defensor del Pueblo

El objetivo general de la oficina del Defensor del Pueblo, es promover una cultura de paz, atender de manera eficiente y oportuna las quejas y peticiones presentadas por los ciudadanos por presuntas vulneraciones de sus derechos y garantías, además de promover una cultura ciudadana de respeto a los derechos de las personas para contribuir a la consolidación de una democracia participativa y garantía de los derechos humanos.

Sus objetivos específicos son (funciones según el artículo 8 de la Ley Orgánica):

  • Ejercer control no jurisdiccional de la Administración Pública y defensa de los derechos de los ciudadanos comprendidos en la Ley Fundamental.
  • Velar por la protección de los derechos fundamentales de las personas, a través de la supervisión de la actividad de las Administraciones Públicas y Privadas, la investigación, intervención y denuncia de los actos, hechos u omisiones de autoridades o servidores públicos y de concesionarios mixtos o privados de servicios públicos.
  • Contribuir a la mejor aplicación del ordenamiento jurídico de la Nación, vivir pacíficamente, respetar los derechos de los demás para la formación de una sociedad justa, fraterna y solidaria.
  • Previa aceptación de las partes, mediar en los conflictos que puedan presentarse entre las Administraciones y los particulares o entre los mismos particulares, con la finalidad de promover una convivencia pacífica y fraterna, y crear acuerdos que solucionen el problema.
  • Mantener una comunicación permanente con las instituciones y autoridades del Estado, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales para la promoción de los derechos y libertades públicas, la supervisión de la actividad de las Administraciones, la protección y defensa de los derechos de los ciudadanos comprendidos en la Ley Fundamental.
  • Realizar convenios de cooperación con organismos que promuevan el desarrollo de programas y proyectos dirigidos al respeto de los derechos fundamentales de las personas y de los pueblos.
  • Propiciar el intercambio de experiencias de los programas de derechos de la mujer, niñez y adolescencia, personas con VIH/SIDA, y otras enfermedades de transmisión sexual, enfermedades raras o invalidantes, discapacitados y acceso a los servicios públicos.
  • En coordinación con entes u organismos que se ocupan de la misma materia, promover programas especiales de educación en derechos humanos, género y valores.
  • Concienciar y fomentar la participación de la población en la conservación y protección del medio ambiente.

La Oficina del Defensor del Pueblo recibe a los ciudadanos (mediante un formulario impreso o a través de este sitio web) sus quejas, solicitudes de mediación o petición de información, son analizadas para determinar si el Defensor del Pueblo tiene competencias en el problema planteado.

El personal de la Oficina investiga los hechos objeto de la queja o solicitud de mediación y contacta con las partes involucradas, ya sean entre ciudadanos, empresas privadas o instituciones públicas.

Las resoluciones pueden consistir en una recomendación, recordatorio, advertencia o sugerencia a una administración/institución publica para que redacte o modifique una normativa, o para que lleve a cabo una actuación o modifique una ya realizada. En caso de mediación, la resolución es un dictamen de acuerdo entre las partes. Éste mismo acuerdo conlleva un seguimiento y monitoreo posterior por parte del equipo mediador.