El Defensor del Pueblo velará por la promoción, defensa y protección de los derechos de los ciudadanos comprendidos en la vigente Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial. Se le encomienda por lo tanto la defensa de aquellos atributos y facultades inherentes a la persona humana.

Ello implica tanto los llamados derechos civiles y políticos como los sociales, económicos y culturales; así como los de los pueblos, que tienen como finalidad el logro de la convivencia democrática en una sociedad en la que impera la justicia y el estado de derecho, mediante la supervisión de los hechos, actos u omisiones de los servidores públicos. El Defensor del Pueblo actuará para que todos respeten dichos derechos, en los términos establecidos por la Ley Orgánica Num. 1/2021, por la que se regula esta Institución.

Una institución autónoma no jurisdiccional implicada en la defensa, protección y promoción de los derechos de los ciudadanos reconocidos en la Ley Fundamental, vigilante de la actividad de las Administraciones Públicas y Privadas, revestida de la jerarquía que le permita legitimar sus actuaciones frente a los poderes del Estado, con la autoridad e inmunidad que su naturaleza requiere.